El texto desunificado del Ordinario de la Misa.

El texto desunificado del ordinario de la misa en lengua española

Artículo publicado en Phase 2017/noviembre-diciembre.

En 1987, la Congregación para el Culto Divino aprobó la versión española común a las naciones de lengua española del ordinario de la misa, de las plegarias eucarísticas y de los textos alternativos (Prot. N. 898/87). Culminaba así un trabajo desarrollado durante los años 1985 y 1986 por un equipo de trabajo integrado por representantes del Departamento de Liturgia del CELAM y del Secretariado Nacional de Liturgia de la Conferencia Episcopal Española, bajo la supervisión directa de la Congregación para el Culto Divino, que se reunieron en Bogotá, en Madrid y en Roma.[1] Se hacía realidad la sugerencia que había hecho el cardenal D. Marcelo González Martín, arzobispo de Toledo y presidente de la Comisión Episcopal de Liturgia, durante el Congreso de los Presidentes y de los Secretarios de las Comisiones Nacionales de Liturgia de los diferentes países del mundo en Roma en octubre de 1984.[2]
La tercera edición típica del Misal Romano, podía haber sido una ocasión propicia para haber avanzado en la ampliación de este texto unificado e incluso haber conseguido, como han hecho los países de habla inglesa por ejemplo, adoptar una misma y única traducción para todos los países donde se habla el español, en lugar de las cuatro existentes: Argentina,[3] Colombia,[4] España[5] y México.[6]
Pero todo lo contrario, ya que no solo no ha servido para avanzar, sino que se han dado pasos hacia atrás, perdiendo, incluso, en parte, el texto unificado.
Así, el uso del vosotros/ustedes ha originado un doble texto en el relato de la institución de la Eucaristía: «Tomad y comed … que será entregado por vosotros» (traducción de España y de Colombia); «Tomen y coman … que será entregado por ustedes» (traducción de Argentina y de México). En el memento de difuntos de la plegaria eucarística II dicen los textos argentino y mexicano: «nuestros hermanos que se durmieron»; en cambio, los textos de Colombia y México hablan de «nuestros hermanos que durmieron». Y el Misal de Argentina ha modificado el pronombre relativo que sirve de enlace para el relato de la institución de la plegaria eucarística II («él mismo, cuando iba a ser entregado», en lugar de «el cual, cuando iba a ser entregado») y, en esa misma plegaria, ha suprimido la conjunción «pues», que figura al inicio de la anámnesis.
Más allá de estos detalles, las mayores diferencias se encuentran en las plegarias eucarísticas de la reconciliación, en las plegarias eucarísticas que pueden utilizarse en las misas por diversas necesidades y en las plegarias eucarísticas para las misas con niños, dado que el texto típico de todas estas plegarias ha sufrido modificaciones al incluirse en la tercera edición típica latina del Misal.[7] Por lo que ha sido necesario revisar la traducción existente y ésta se ha hecho en cada uno de los cuatro Misales de modo autónomo.[8]
Sirva como muestra la conclusión del prefacio de la plegaria eucarística I para la reconciliación. El texto latino dice:
Quapropter cum choris caelestibus gratias tibi indesinenter agentes maiestati tuae in terris sine fine clamamus.
Y así han traducido los diferentes misales:
Argentina: Por eso, con los coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra cantamos sin cesar el himno de tu gloria.
Colombia y España: Por eso, con los coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra cantamos sin cesar tu majestad.
México: Por eso, con los coros celestiales te damos gracias continuamente, y en la tierra proclamamos tu gloria diciendo sin cesar.
O también la conclusión del prefacio de la variante I (La Iglesia en camino hacia la unidad) de las plegarias eucarísticas que pueden usarse en las misas por diversas necesidades. El texto latino dice:
Et ideo, cum omnibus caelorum Virtutibus, in terris te iugiter celebramus, cum universa Ecclesia una voce dicentes.
Y así han traducido los diferentes misales:
Argentina: Por eso, con los ángeles del cielo y con toda la Iglesia, te aclamamos en la tierra, diciendo a una sola voz.
Colombia y México: Y por eso, con todas las potestades del cielo y con toda la Iglesia, te aclamamos en la tierra, diciendo a una sola voz.
España: Por eso, con todas las potestades del cielo y con toda la Iglesia, te aclamamos en la tierra sin cesar, diciendo a una sola voz.
Vemos que los cambios no son sustanciales en ninguno de los dos ejemplos que hemos ofrecido y que cualquiera de los textos podría entenderse indistintamente por argentinos, colombianos, españoles o mexicanos, más allá del país al que pertenezca el Misal correspondiente.
Igualmente si miramos el cuerpo eucológico, donde nunca ha habido unidad, la tercera edición del Misal podría haber servido para que sí la hubiera. Ya que, en la traducción literal que pide la Instrucción sobre el uso de las lenguas vernáculas en la edición de los libros de la liturgia romana Liturgiam authenticam (28 de marzo de 2001) de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, obliga a utilizar términos más teológicos, técnicos y cultos, semejantes en todos los países de habla hispana y alejados del lenguaje coloquial, donde sí encontramos diferencias terminológicas entre los países hispanoparlantes.

José Antonio Goñi



[1] Cf. «Encuentro de las Comisiones Nacionales de Liturgia de lengua española organizado por la Congregación para el Culto Divino, Ciudad del Vaticano 3/7 de febrero de 1986», Notitiae 22 (1986) 125-305; y especialmente la Carta de la Congregación después del Encuentro: Notitiae 22 (1986) 287-293.
[2] Cf. «Convegno dei Presidenti e Segretari delle Commisioni Nazionali de Liturgia “Venti anni di reforma litúrgica: Bilancio e prospettive”. Città del Vaticano, 23/28 ottobre 1984», Notitiae 20 (1984) 794.
[3] Misal Romano reformado por mandato del Concilio Vaticano II. Promulgado por Su Santidad el papa Pablo VI. Revisado por Su Santidad el papa Juan Pablo II. Versión castellana de la 3ª edición típica latina. Reconocida por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Edición típica argentina adoptada por las Conferencias Episcopales de Bolivia, Paraguay y Uruguay, Buenos Aires: Oficina del Libro 2009.
[4] Misal Romano renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II, promulgado por la autoridad del papa Pablo VI y revisado por el papa Juan Pablo II. Edición típica para Colombia, según la tercera edición típica latina, aprobada por la Conferencia de Obispos de Colombia y confirmada por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Bogotá: Conferencia Episcopal de Colombia. Departamento de Liturgia 2008.
[5] Misal Romano reformado por mandato del Concilio Vaticano II. Promulgado por la autoridad del papa Pablo VI. Revisado por el papa Juan Pablo II. Edición típica según la tercera edición típica latina, aprobada por la Conferencia Episcopal Española y confirmada por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Texto unificado en lengua española del Ordinario de la Misa, Madrid: Libros Litúrgicos 2016.
[6] Misal Romano renovado por decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II. Promulgado por la autoridad del papa Pablo VI y revisado por el papa Juan Pablo II. Edición típica para México según la tercera edición típica latina, aprobada por la Conferencia del Episcopado Mexicano y reconocida por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Texto unificado en lengua española del Ordinario de la Misa, México: Obra Nacional de la Buena Prensa, A.C. 2013. Las ediciones posteriores a partir de 2015 fueron realizadas por la Biblioteca de Autores Cristianos (Madrid).
[7] Cf. J. A. Goñi, Las nuevas plegarias eucarísticas inscritas en el «Misal Romano». Origen. Formación del texto, Comentario (Cuadernos Phase 240), Barcelona: CPL 2017.
[8] El texto comparado de las diferentes traducciones oficiales al español (Argentina, Colombia, España y México) puede verse en Goñi, Las nuevas plegarias eucarísticas.