1.- Las órdenes de
varones cuyo calendario deben usar también las monjas y las hermanas de la
misma Orden, si existen, y también los terciarios.
2.- Las Congregaciones
religiosas, las Sociedades e Institutos de derecho pontificio (si están
obligados a la celebración del Oficio Divino).
b) ¿Cómo se forma el Calendario propio?
Introduciendo en el
Calendario general las celebraciones propias y las concedidas por indulto a la
misma Orden o Congregación.
c) ¿Cuáles son las celebraciones propias de cada
familia religiosa?
1.-
Titular: Solemnidad
o Fiesta
2.-
Fundador canonizado: Solemnidad o Fiesta
3.-
Patrono principal: Solemnidad o Fiesta
4.-
Patrono secundario: Memoria
5.-
Fundador beatificado: Memoria
6.-
Celebraciones de santos o beatos miembros de la Orden o Congregación
(La autoridad suprema de la familia
religiosa ha de elegir el grado de las celebraciones del Titular, fundador
canonizado y patrono principal: una con el grado de Solemnidad y dos con el grado de Fiesta)
c) ¿Cuáles son las celebraciones propias de cada provincia?
1.-
Titular o patrono principal: Fiesta
2.-
Patrono secundario: Memoria
3.-
Celebraciones de santos o beatos (que tienen una
relación especial con la provincia)
d) ¿Cuándo se unirán a las celebraciones de la Iglesia
local?
Los miembros de las
familias religiosas se unirán a la Iglesia local para celebrar el aniversario
de la dedicación de la Catedral y del patrono principal del lugar y del
territorio más amplio donde viven.
(Cf. Instrucción
«Calendaria Particularia», 12 y 16)