«El legado litúrgico de Benedicto XVI» (IV)

La respuesta de Benedicto XVI

En nuestra relación con la sagrada liturgia se decide el destino de la fe y de la Iglesia, porque en su celebración se manifiesta nuestra comprensión de Dios y del mundo, de Cristo y de la Iglesia. Sólo si nuestra relación con Dios es adecuada lo serán también nuestras relaciones con el mundo, con los demás y con nosotros mismos. En concreto, la reforma litúrgica ha sido en parte un mejoramiento y en parte una banalización de nuestras celebraciones. El problema de fondo es si la reforma litúrgica ha respetado el principio de la constitución conciliar sobre la liturgia, conocido como desarrollo orgánico de los ritos litúrgicos, pues los organismos vivos se desarrollan por impulsos vitales internos, no por fuerzas externas. “No se introduzcan innovaciones si no lo exige una utilidad verdadera y cierta de la Iglesia, y sólo después de haber tenido la precaución de que las nuevas formas se desarrollen, por decirlo así, orgánicamente, a partir de las ya existentes” [1].   
Ante esta realidad litúrgica actual, Benedicto XVI ha propuesto la posibilidad del regreso a la liturgia anterior a la reforma. Pero veamos la historia precedente. En 1980 Juan Pablo II hizo una consulta a los obispos católicos sobre la acogida concedida al Misal de Pablo VI [2]. El 22 de octubre de 1884 la Congregación para el Culto Divino publicó una Carta circular, Quattuor abhinc annos [3], concediendo la posibilidad de celebrar con el Misal de 1962 con el permiso del propio ordinario. El 2 de julio de 1988 Juan Pablo II publicó la Carta Apostólica Ecclesia Dei afflicta [4], proponiendo una amplia y generosa aplicación de las normas sobre el uso del Misal de 1962, creando la Comisión Ecclesia Dei e invitando al regreso a la Iglesia de los seguidores de Mons. Lefebvre. El 7 de julio de 2007 Benedicto XVI publicó el Motu Proprio Summorum Pontificum [5] concediendo a los sacerdotes la posibilidad de usar, sin permiso alguno de su ordinario, el Misal de 1962 y, en general, la liturgia anterior; los motivos de este documento fueron explicitados en una Carta del Papa a los obispos [6]  publicada juntamente con el dicho Motu Proprio. Benedicto XVI habló en esta ocasión de legítimos deseos, de justas aspiraciones, de legítima aspiración, etc. Finalmente, el 13 de mayo de 2011 la Comisión Ecclesia Dei publicó la Instrucción Universa Ecclesia [7], señalando los cauces de interpretación y de aplicación del Motu Proprio Summorum Pontificum.    
 Benedicto XVI, afirmando que el Misal de 1962 nunca fue abrogado jurídicamente, propone las dos formas del rito romano, la ordinaria y la extraordinaria, y enseña que son substancialmente idénticas, pues no puede existir contradicción entre ambas formas del único rito romano; esta frase se refiere a la intención de la Iglesia y a lo que tenía que haber sido, más que a los hechos. Comparando las dos formas del único rito romano, la extraordinaria y la ordinaria, es más fácil ver la diversidad formal, que la identidad ritual. Por ejemplo, en la forma ordinaria hay tendencia a reducir la presencia sacramental real a un simple memorial de un hecho pasado o a una re evocación; el sacrifico expiatorio a un banquete fraterno; el sacerdote a un presidente de la asamblea, etc. En concreto, Benedicto XVI se enfrentó, no al Concilio, sino a ciertos aspectos de la reforma litúrgica, que han suscitado y siguen suscitando alguna perplejidad.
Benedicto XVI sabe muy bien que la reforma litúrgica fue una decisión conciliar, pero al mismo tiempo sabe muy bien que la reforma litúrgica no fue hecha por el concilio. Entonces, se plantea la cuestión, si la reforma fue o no fue fiel a las indicaciones concretas del Concilio, que habla de instaurare et fovere [8] la sagrada liturgia. En concreto, la constitución litúrgica habla en el n. 21 de la reforma de los textos y ritos, en el n. 50 de la reforma del ordo Missae, en el n. 51 de la reforma del Leccionario, en el n. 57 de la reforma del rito de la concelebración de la Misa, en el n. 62 de la reforma de los sacramentos y sacramentales, en el n. 89 de la reforma del oficio divino, en el n. 107 de la reforma del año litúrgico, etc. Pero el Concilio, y señalo sólo hechos sin valorarlos, no habló de la reforma del ofertorio [9], ni de redactar nuevas plegarias eucarísticas, ni de celebrar cara al pueblo, y lo que el Concilio dice sobre las lenguas vernáculas en el n. 36, sobre que los fieles sean capaces de recitar o cantar juntos en latín las partes del ordinario de la Misa en el n. 54, sobre la comunión bajo la doble especie en el n. 55, sobre la concelebración de la Misa en el n. 57, y sobre la recitación en latín del oficio divino por los clérigos en el n. 101, es diverso de lo que después se ha determinado o ha sucedido. Es verdad que una vez que se rompen los diques es difícil contener el agua.  
  Benedicto XVI no ha negado la necesidad de la reforma litúrgica, sino afirma con los hechos, no con las palabras, que había otro manera de hacerla y, además, afirma verbalmente que la coexistencia de dos formas del mismo rito romano será un enriquecimiento mutuo, sabiendo por ley histórica que este dualismo terminará con el triunfo de la forma ritual mejor; recordemos lo sucedido con la reforma de las órdenes religiosas en el siglo de oro español; ejemplo por desgracia no imitado en la vida religiosa después del Concilio Vaticano II. En fin, Benedicto XVI ha dicho lo que tenía que haber sido la reforma litúrgica, no lo que fue; de hecho, él no regresó a los libros de San Pío V, sino a la reforma litúrgica del Misal hecha por Juan XXIII en 1962.  Este modo de hablar y de proceder de Benedicto XVI se advirtió en diversos momentos de su vida, por ejemplo, cuando al renunciar al sumo pontificado dijo que nunca se había sentido solo, afirmando no lo que fue, sino lo que tenía que haber sido.

Pedro Fernández Rodríguez, OP




[1] CONCILIO VATICANO II, Constitutio Sacrosanctum Concilium, n. 23: AAS 56 (1964) 106.
[2] Cf. Notitiae 185 (1981) 589-611.
[3] Cf. CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO, Carta Quattuor abhinc annos: AAS 76 (1984) 1088-1089.
[4] Cf. JUAN PABLO II, Motu Proprio Ecclesia Dei adflicta: AAS 80 (1988) 1495-1498.
[5] Cf. BENEDICTO XVI, Motu Proprio De usu straordinario antiquae formae Ritus Romani: AAS 99 (2007) 777-781.
[6] Cf. BENEDICTO XVI, Carta a los obispos que acompaña la Carta Apostólica motu proprio data  Summorum Pontificum sobre el uso extraordinario de la antigua forma del Rito Romano: AAS 99 (2007)  795-799.
[7] Cf. PONTIFICIA COMMISSIO ECCLESIA DEI, Instrucción Universae Ecclesiae sobre la aplicación de la Carta Apostólica motu proprio data Summorum Pontificum de su Santidad Benedicto XVI:  AAS 103 (2011) 413-420.
[8] CONCILIO VATICANO II, Constitutio Sacrosanctum Concilium, nn. 1. 14: AAS 56 (1964) 97. 104.
[9] Sobre todo en las traducciones ha desaparecido toda alusión a la ofrenda, al sacrificio, a la inmolación, a la hostia inmaculada, etc. Curiosamente en el texto latino continúa la palabra offerimus, que A. Bugnini invitó a cambiarla por presentación de ofrendas en las traducciones. Cf. A. BUGNINI, La riforma liturgica (1948-1975). Edizioni Liturgiche. Roma 1983, p. 374.