La liturgia es el ejercicio del
sacerdocio de Jesucristo y, como tal, afecta a toda la Iglesia , pues en la
liturgia “se ejerce la obra de nuestra redención ” y ella “contribuye a que los
fieles expresen en su vida y manifiesten a los demás el misterio de Cristo y la
naturaleza de la verdadera Iglesia” (SC 2). Además, la liturgia encierra un
doble aspecto o perspectiva: de glorificación de Dios y de santificación de los
hombres (cf. SC 7).
Desde
muy pronto tenemos noticias de orientaciones y directrices que el Papa y los
obispos han ido dando sobre la forma en que se debía desarrollar las diversas
celebraciones del pueblo de Dios. Podríamos citar aquí cartas de los papas,
decretos de los concilios, directrices sobre las ceremonias y los libros
litúrgicos que se han conservado.
Aunque
el núcleo esencial de la Misa
y de los sacramentos se refiere a Cristo, la Iglesia ha desarrollado y concretado las acciones
que acompañan la celebración, las oraciones que se realizan y la forma en que
todo se desenvuelve, de manera que sea provechoso a los fieles y digno para el
culto que a Dios se tributa.
Después
del Concilio de Trento (1545-1563), con el fin de conservar la reforma
realizada por el Papa San Pío V y para uniformar el ejercicio del derecho
litúrgico, el Papa Sixto V creo la Congregación de Ritos en 1588, que con algunas
modificaciones en sus competencias, ha permanecido hasta después del Concilio
Vaticano II. Este organismo de la
Curia romana se ocupó, entre otras cosas, de lo relativo a
los libros litúrgicos, a las celebraciones litúrgicas de los sacramentos y
sacramentales, y todo lo que de una forma o de otra se relacionaba con la
liturgia (cf. CIC 1917, c.253 §1, §2). También la Congregación de Ritos
ofrecía respuestas a las dudas y cuestiones que se le presentaban por parte de
los obispos, órdenes religiosas o instituciones eclesiásticas. Estas
“respuestas” constituían una especie de cuerpo doctrinal y jurídico (referido
al llamado derecho litúrgico) que servía para orientar a los pastores de toda la Iglesia en el ejercicio de
la liturgia.
Más
recientemente, hacia finales del siglo XIX, algunas publicaciones, como la
revista Ephemerides Liturgicae iba recogiendo estas respuestas de la Sagrada Congregación
de Ritos y las comentaba, para que sus orientaciones fueran de utilidad a
pastores y fieles. También se incluyeron muchas de estas cuestiones, ordenadas
por temas, en libros de rúbricas y tratados sobre el desarrollo de las
celebraciones litúrgicas. Una de estas obras, que fue muy famosa en España y
alcanzó numerosas ediciones, era el célebre “Antoñana”, por el apellido del
autor de este “Manuel de Liturgia Sagrada”: el padre claretiano Gregorio
Martínez de Antoñana.
En
Roma, bajo el pontificado de León XIII, se publicó una colección con los
principales decretos y respuestas de la Congregación de Ritos, desde su fundación hasta
finales del siglo XIX. Posteriormente se editaron otros volúmenes que contenían
las respuestas más recientes del Dicasterio.
Todo
esto intentaba constituir una ayuda para la calidad de las celebraciones
litúrgicas, al tiempo que intentaba afrontar posibles problemas y dudas que
surgieran en el desarrollo de los ritos de la Iglesia. Sin embargo,
no cabe duda que encerraba un peligro: atentos a tantísimos detalles se podía
perder de vista lo que era esencial en la celebración.
Con
esta orientación se trabajó en el Concilio Vaticano II, en la Constitución Sacrosanctum
Concilium y en los documentos sucesivos sobre liturgia; se trataba de valorar y
aprovechar todas las indicaciones y los logros alcanzados, pero cuidando
especialmente lo que era esencial en la celebración, de tal manera que se
alcanzara una adecuada participación de los fieles y un verdadero conocimiento
del misterio de Cristo y de la historia de la salvación, que se celebra en la
liturgia.
Después
se han ido publicando los libros litúrgicos, fruto de la reforma del Concilio
Vaticano II: simplifican las celebraciones y enriquecen los llamados
“praenotanda”, esto es, las introducciones doctrinales y litúrgicas que
preceden al texto litúrgico de los rituales.
El
Papa Pablo VI, el 8 de mayo de 1969, transformó la Congregación de Ritos
en Congregación del Culto Divino, y así permanece en la actualidad, aunque
posteriormente se le han añadido las competencias de la Congregación de
Sacramentos, que se refieren a los aspectos canónicos de las celebraciones
sacramentales; por eso, en este momento se denomina “Congregación para el Culto
Divino y la Disciplina
de los Sacramentos” (cf. Constitución apostólica Pastor Bonus, de 28 de
junio de 1988, n.62-70).
En
estos años, la
Congregación ha ido publicando instrucciones, notas y
aclaraciones que orienten a los pastores y fieles en la forma adecuada de
realizar las acciones litúrgicas y en la elaboración de los textos litúrgicos
propios. Aunque no se quiere caer en una casuística que distraiga de lo
verdaderamente importante, tampoco han faltado “respuestas” autorizadas de la Congregación a
algunas cuestiones que se le han planteado y no estaban suficientemente
desarrolladas en los libros litúrgicos ya aprobados ni en los documentos
emanados.
De
todo esto nos iremos ocupando en una serie de artículos breves, comentando las
aclaraciones que la
Congregación ha ido realizando y desarrollando especialmente
aquellos aspectos que pueden ayudarnos a vivir mejor las celebraciones
litúrgicas, valorando lo esencial. Nos fijaremos en las cuestiones planteadas
y, también, en las circunstancias que acompañan, con las diversas consecuencias
que puede tener, según los lugares, las personas, etc.
Mons. Juan Manuel Sierra López
[Rev. "Liturgia y Espiritualidad" 7-8 (2010)]